Facturación de habitaciones privadas

El programa Medicare pagará la misma cantidad por el alojamiento hospitalario de rutina para pacientes internados, independientemente de si el paciente ocupa una habitación privada, una habitación semiprivada o una sala común. Medicare cubrirá los gastos de habitación privada en los siguientes casos:

  • Una habitación privada era médicamente necesaria porque se requería aislamiento para evitar poner en peligro la salud o la recuperación del paciente, o la de otros pacientes
  • La estancia es médicamente necesaria y solamente hay habitaciones privadas disponibles
  • La estancia es en un centro que solo cuenta con alojamiento privado

A falta de una orden por escrito, se debe informar al paciente que solicite una habitación privada que él es responsable de pagar la diferencia entre las tarifas de la habitación semiprivada y la privada. El recargo por habitación privada no podrá exceder la diferencia entre el cargo habitual del alojamiento y la tarifa más común de alojamiento semiprivado al momento del ingreso. 

A continuación, se presentan las pautas que deben seguir los hospitales, incluidos los hospitales de acceso crítico, al facturar el alojamiento en habitación privada para pacientes internados, tanto cuando es médicamente necesario como cuando no lo es. 

Habitación privada médicamente necesaria:

  • Código de ingresos 0110: Habitación y alimentación - habitación privada
  • Código de condición (seleccionar uno) 
  • 38 - Habitación semiprivada no disponible
  • 39 - Habitación privada médicamente necesaria
  • No se requieren comentarios

Habitación privada no médicamente necesaria:

  • Código de ingresos 0110: Habitación y alimentación - habitación privada
  • Los comentarios deben reflejar: la tarifa de habitación privada menos la tarifa de habitación semiprivada es igual a la diferencia de habitación privada (p. ej., $500 - $400 = $100)
  • Sin código de condición o código de valor

Las reclamaciones por tarifas de habitaciones privadas que no sean médicamente necesarias y que no incluyan el cálculo correspondiente en los comentarios serán devueltas al proveedor.

Centros que solo cuentan con habitaciones privadas:

  • Código de ingresos 0110: Habitación y alimentación - habitación privada
  • Código de valor 
  • 02 - Hospital que no cuenta con habitaciones semiprivadas
  • Ingresar este código de valor requiere el monto de $0.00
  • No se requieren comentarios

 

Referencia (en inglés)