Servicios de observación

¿Qué es la observación?

La observación es un conjunto bien definido de servicios específicos y clínicamente adecuados que se brindan a los pacientes antes de que se pueda tomar una decisión sobre su ingreso o alta hospitalaria. Esto incluye:

  • Tratamiento a corto plazo
  • Evaluación
  • Nueva evaluación

Los servicios de observación están cubiertos solamente cuando se brindan bajo la orden de un médico o de una persona autorizada por la ley estatal y el reglamento del personal hospitalario para admitir pacientes en estado de hospitalización o solicitar pruebas ambulatorias.

La decisión de admitir o dar el alta debe tomarse en un plazo de 48 horas, y por lo general, en menos de 24 horas. Solo en casos excepcionales y poco frecuentes, los servicios de observación ambulatoria razonables y necesarios se prolongan más allá de las 48 horas.

El estado de observación, por lo general, se asigna a los pacientes que se presentan al departamento de emergencias y requieren tratamiento / monitorización antes de tomar una decisión de admitir o dar el alta.

Un "referido directo" sucede cuando un médico en la comunidad refiere a un paciente al hospital para recibir servicios de observación ambulatoria, sin pasar por la consulta en la clínica o en el departamento de emergencias (ED).

No es observación

Los servicios a continuación, no se consideran servicios cubiertos como observación:

  • Servicios prestados para la comodidad del paciente, de su familia, o del médico.
  • Servicios cubiertos en virtud de la Parte A (admisión hospitalaria médicamente apropiada).
  • Servicios que son parte de otro servicio de la Parte B, como la monitorización posoperatoria durante un periodo de recuperación estándar (p. ej., 4-6 horas), los cuales se deben facturar como servicios de sala de recuperación.
  • Órdenes permanentes de observación tras una cirugía ambulatoria.

 

Referencias (en inglés)