Patólogo del habla y el lenguaje (SLP)

Requisitos de cualificación

Un patólogo del habla y el lenguaje cualificado es una persona que tiene un título de maestría o doctorado en patología del habla y el lenguaje y que cumple con cualquiera de los siguientes requisitos:

  • Tiene licencia como patólogo del habla y el lenguaje en el estado donde presta tales servicios; o
  • En el caso de una persona que presta servicios en un estado que no otorga licencia a patólogos del habla y el lenguaje:
    • Ha completado con éxito 350 horas de práctica clínica supervisada (o está en proceso de adquirir experiencia clínica supervisada)
    • Ha realizado no menos de 9 meses de servicios de patología del habla y el lenguaje supervisados ​​a tiempo completo después de obtener una maestría o doctorado en patología del habla y el lenguaje o un campo relacionado; y
    • Ha aprobado un examen nacional de patología del habla y el lenguaje aprobado por el Secretario
  • Proporciona servicios como patólogo del habla y el lenguaje en uno de los siguientes tipos de prácticas:
    • Práctica individual
    • Asociación
    • Práctica grupal  
    • Un empleado de una práctica individual, sociedad o grupo de práctica

CMS se remite a los requisitos de licencia de cada estado para los SLPs, a fin de determinar quién es el más adecuado para prestar servicios de patología del habla y el lenguaje a las personas / pacientes, incluidos los beneficiarios de Medicare.

El SLP con licencia estatal puede incluir una licencia provisional o temporal mientras el individuo completa la experiencia supervisada requerida y puede inscribirse como un SLP en la práctica privada (SLPPP) y/o trabajar para proveedores que brindan servicios ambulatorios de patología del habla y el lenguaje de la Parte B, de acuerdo con los requisitos estatales.

Aviso: Cabe recordar que estos requisitos de la Parte B no son aplicables a los SLPs ni a los servicios que prestan y que se facturan / pagan bajo la Parte A de Medicare, que requiere una licencia completa de SLP.

Requisitos de documentación y recomendaciones

Los proveedores deben presentar una solicitud de inscripción a través de:

  • Formulario CMS-855I (en inglés) completado
  • Declaración de certificación firmada y fechada
    • La firma del profesional de la salud individual debe ser manuscrita (no se requiere la firma original)
    • Se aceptan firmas digitales (DocuSign u otro software)
    • Se acepta una copia de la firma; sin embargo, no se aceptan firmas estampadas

o

  • Solicitud completada en la web utilizando PECOS:
  • Declaración de certificación de la solicitud por web de PECOS, firmada y fechada por:
    • Firma electrónica (E-signing) o
    • Carga de una declaración de certificación en papel firmada y fechada

y

Requisitos de documentación adicional (cuando corresponda)

Medicare puede solicitar documentación adicional, cuando proceda, para validar información clave presentada en la solicitud de inscripción o para abordar cuestiones específicas que podrían afectar negativamente la posible elegibilidad de un profesional de la salud para la inscripción (p. ej., acciones legales adversas).

Incluya copias de los siguientes documentos de respaldo, si corresponde:

  • Copia de la licencia médica estatal del profesional de la salud, si no se puede verificar en línea
  • Copia de la certificación, si no se puede verificar en línea
  • Certificado de finalización, expediente académico o diploma de programas educativos acreditados, si se solicita
  • Documento del IRS que verifique que el TIN del proveedor está asociado con el nombre legal del negocio del proveedor (p. ej., IRS CP 575)
    • Se aplica a clínicas, grupos, organizaciones y proveedores institucionales
  • Documentación sobre la acción legal adversa final:
    • Incluya copias de los documentos legales relacionados con cualquier acción legal adversa final tomada contra el proveedor
    • Incluya copias de cualquier documento legal que indique la resolución (p. ej., notificaciones, cartas de reincorporación)
  • Acuerdo para médicos o proveedores participantes de Medicare (CMS-460) (en inglés) completado, si corresponde:
    • Un proveedor participante es aquel que factura directamente a Medicare y acepta la asignación de pago por los servicios cubiertos como pago total
    • Los médicos y profesionales de la salud que reasignen sus beneficios a otra entidad no están obligados a presentar el formulario CMS-460

Certificación del Tribunal Examinador de Médicos (GSL): Cuando no existe una fuente en línea para verificar la licencia médica de un proveedor en las Islas Vírgenes de los EE. UU. o Puerto Rico, el proveedor debe presentar una Certificación del Tribunal Examinador de Médicos (GSL) o una Carta de Certificación de 120 días emitida por la autoridad de licencias del estado / territorio:

  • Se debe presentar una copia de la GSL o Carta de certificación de 120 días emitida por la autoridad de licencias estatal / territorial con cada solicitud recibida para inscripción inicial, reactivaciones, revalidaciones y solicitudes de cambio de información que impliquen una actualización / cambio de licencia
  • La GSL puede incluir varios nombres en la carta para acreditar una licencia médica vigente
  • La GSL es válida si fue emitida dentro de:
    • 6 meses a partir de la recepción de la solicitud para las Islas Vírgenes de los EE. UU.
    • 12 meses a partir de la recepción de la solicitud para Puerto Rico