Inscripción de Medicare para 'inmunizadores masivos'
La siguiente información ha sido extraída del Manual Electrónico (IOM) de los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS), publicación 100-08, Manual del programa de Integridad de Medicare, capítulo 15, sección 15.4.6.2 -- Proyecto de ley sobre la lista de inmunizadores masivos.
La entidad o persona que desee prestar servicios de inmunización masiva- pero no puede cualificar de otra manera como un proveedor de Medicare - puede ser elegible para inscribirse como "mass immunizer" (inmunizador masivo) a través del formulario CMS-855I (individual) o el formulario CMS-855B (entidades).
Los proveedores pueden agilizar su proceso de inscripción completando y presentando su aplicación en línea a través del sistema de inscripción del proveedor en línea (PECOS) (en inglés). Haga clic aquí para obtener más información.
Tales proveedores deben cumplir con los siguientes requerimientos:
- Ellos no pueden facturar a Medicare por los servicios que no sean las vacunas neumocócicas contra la neumonía (PPV), las vacunas del virus de influenza y su administración
- Deben presentar las reclamaciones a través del proceso de “roster billing”
- El suplidor, así como todo el personal que administra las vacunas deben cumplir con todas las licencias locales y estatales aplicables o requisitos de certificación
El proceso de “roster billing” fue desarrollado para permitir que los beneficiarios de Medicare participen en las PPV masivas y los programas de vacunación del virus de influenza ofrecidos por las clínicas de salud pública y otras organizaciones.
Aviso: La siguiente información se relaciona con el proceso de inscripción de inmunizadores masivos:
- La fecha efectiva de la provisión en 42 CFR § 424.520(d) no aplica a la inscripción de inmunizadores masivos. Esto es porque el individuo/entidad no está inscrito como médico, profesional de la salud, grupo de médicos o grupo de profesionales de la salud
- En la sección 4 del formulario CMS-855, el proveedor no necesita enumerar cada ubicación fuera del sitio (por ejemplo, la feria del condado, el centro comercial) en la cual se prestaron los servicios. Sólo se necesita la lista de su base de operaciones (por ejemplo, la sede del departamento de salud del condado, la ubicación farmacia)
Para más información acerca de “roster billing” de inmunización masiva, consulte:
- Publicación 100-02, Manual de Política de Beneficio, capítulo 15, sección 50.4.4.2 (en inglés)
- Publicación 100-04, Manual de Procesamiento de Reclamaciones, capítulo 18, secciones 10 hasta 10.3.2.3 (en inglés)
Aviso: La sección 10.3.1 describe los requerimientos para presentar “roster bills”
Los nuevos proveedores deben obtener primero un identificador nacional del proveedor (NPI) antes de inscribirse. Visite la página web de NPPES (en inglés) para más información de inscripción de NPI.
Referencia (en inglés)