Transporte en ambulancia – beneficiario fallecido
Dado que el beneficio de ambulancia de Medicare es un beneficio de transporte, si no se produce el transporte de un beneficiario de Medicare, no hay servicio cubierto por Medicare.
En general, si el beneficiario fallece antes de ser transportado, entonces no se puede efectuar ningún pago de Medicare. En una situación en la que el beneficiario fallece, el pago bajo el beneficio de ambulancia de Medicare depende del momento en el que el beneficiario es declarado muerto por una persona autorizada por el Estado para realizar tales declaraciones.
Ambulancia terrestre
Se asume que el transporte en ambulancia habría sido necesario médicamente necesario.
Hora de la declaración de defunción | Pago/Sin pago | Modificador requerido |
---|---|---|
Antes del envío | Sin pago | N/A |
Después del despacho, pero antes de que el beneficiario sea cargado a bordo de la ambulancia (antes o después de la llegada al punto de encuentro. |
El pago se realizará de acuerdo con la tasa de soporte vital básico, A0428 (BLS) no de emergencia o A0429 (BLS) transporte de emergencia. Sin pago por millaje o por ajuste rural. |
Los suplidores de la Parte B que facturen en el formulario de reclamación CMS-1500 o el equivalente electrónico necesitarán el QL- Paciente declarado muerto después de llamar a la ambulancia. No se deben informar los modificadores de origen y destino. Los proveedores con base institucional que facturen en el formulario UB-04 de la Parte A o el equivalente electrónico deben informar el código de millaje con $1.00 en no cubierto. Los proveedores institucionales requieren el QL y uno de los modificadores de acuerdos. QM-Servicio de ambulancia prestado bajo acuerdo por un proveedor de servicios. o QN-Servicio de ambulancia prestado directamente por un proveedor de servicios. Los modificadores de origen y destino no deben ser informados. |
Después de la recogida; antes de o al momento de la llegada al centro de recepción. | Pago según la necesidad médica del servicio prestado. | Presente los modificadores apropiados de origen y destino. |
Ambulancia aérea
Se asume que el transporte en ambulancia habría sido necesario médicamente necesario.
Hora de la declaración de defunción | Lo que se paga/no se paga | Modificador requerido |
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Antes del despegue hasta el punto de recogida con aviso al despachador y tiempo para abortar el vuelo. | Sin pago. | N/A |
Después del despegue hasta el punto de recogida; pero antes que el beneficiario sea cargado. |
Pago por la tasa base aérea. A0430 – Servicio de ambulancia, servicios aéreos convencionales, transporte, ida, ala fija o A0431 – Servicio de ambulancia, servicios aéreos convencionales, transporte, ida, ala giratoria. Sin pago por millaje o por ajuste rural. |
Los suplidores de la Parte B que facturen en el formulario de reclamación CMS-1500 o el equivalente electrónico necesitarán el QL- Paciente declarado muerto después de llamar a la ambulancia. No se deben informar los modificadores de origen y destino. Los proveedores con base institucional que facturen en el formulario UB-04 de la Parte A o el equivalente electrónico deben informar el código de millaje con $1.00 en no cubierto. Los proveedores institucionales requieren el QL y uno de los modificadores de acuerdos. QM-Servicio de ambulancia prestado bajo acuerdo por un proveedor de servicios. o QN-Servicio de ambulancia prestado directamente por un proveedor de servicios. Los modificadores de origen y destino no deben ser informados. |
Después que el beneficiario sea cargado a bordo; pero antes de o al momento de la llegada al centro de recepción. | Pago según la necesidad médica del servicio prestado. | Presente los modificadores apropiados de origen y destino. |