Directrices de facturación provisional para hospitales de cuidados a largo plazo (LTCH)
La facturación provisional permite a los hospitales recibir pagos parciales mientras un paciente permanece internado, en lugar de esperar hasta el alta para presentar la reclamación completa para el pago.
Para los LTCH, la facturación provisional es común debido a las largas estadías, ya que los LTCH tratan a pacientes agudos complejos y de estadías prolongadas.
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Medicare permite la facturación provisional durante admisiones prolongadas
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Los LTCH utilizan TOB 11X con reclamaciones provisionales generalmente cada 30 días, en intervalos de hasta 60 días
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La facturación provisional no finaliza la estadía hospitalaria, solo lo hace la presentación de la reclamación de alta final
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El pago final se liquida al momento del alta
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La documentación precisa y el cumplimiento de las directrices de CMS son fundamentales
Tipo de factura (TOB)
Para un tratamiento continuo, las reclamaciones deben presentarse en el orden en que se prestaron los servicios.
Los LTCH utilizan el tipo de factura 11X para los servicios de hospitalización:
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111 – Admitir a través del alta (factura final)
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112 – Provisional – Primera reclamación
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113 – Provisional – Reclamación continua
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114 – Provisional – Última reclamación (si aplica antes de la final)
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117 - Ajuste o Provisional
Estado del paciente
El código de estado de alta del paciente en el localizador 17 del formulario UB-04 (o equivalente electrónico) es un campo obligatorio y debe coincidir con el tipo de factura.
Para cualquier reclamación provisional con un código de tipo de factura que concluya en el código de frecuencia 2 o 3, el código de alta obligatorio requerido en el campo 17 es 30, que significa "Aún es un paciente".
Los códigos utilizados para las reclamaciones de Medicare están disponibles a través de los contratistas de Medicare. También están disponibles en la NUBC (www.nubc.org) a través del Manual Oficial de Especificaciones de Datos UB-04 de la NUBC.
Presentación del alta final
Para los beneficiarios de un hospital de atención a largo plazo (LTCH) que requieren un período internado prolongado, las directrices de facturación de Medicare permiten que los LTCH facturen de manera provisoria en intervalos de al menos 60 días, utilizando el tipo de factura 112 (estado del paciente 30) y facturas provisorias posteriores cuando el beneficiario aún recibe atención hospitalaria.
Los hospitales deben presentar una factura de alta final cuando ocurra cualquiera de las siguientes situaciones:
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Los beneficios se han agotado o
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El beneficiario deja de necesitar un nivel de atención hospitalaria (todos los hospitales); o
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El beneficiario se encuentra dado de baja o vencido.
Los LTCH pueden presentar facturas de no pago (TOB 110) una vez agotado el beneficio, cada 60 días. No tienen que ajustar las facturas continuamente hasta el alta médica o el fallecimiento una vez agotado el beneficio.
La última factura deberá contener el código de estado del paciente al alta.
Referencias (en inglés)